Oaxaca, Oax. La Representante Propietaria del Partido de Mujeres Revolucionarias (PMR) ante el Instituto Estatal Electoral y de Participación Ciudadana (IEEPCO), Claudia Álvarez Luna presentó un exhorto ante este órgano electoral para que este a su vez haga un llamado a personajes y partidos políticos a evitar hacer uso o mal uso de los colores registrados por este instituto político de reciente creación.
En entrevista Álvarez Luna dijo que en las últimas semanas se detectó en un acto de campaña DENOMINADO “MUJERES CON MEADE” en el que el aspirante a la Presidencia de la República de la Coalición “TODOS POR MÉXICO”, utilizaba en su propaganda los colores Rosa y Verde mismos que coinciden con los que tiene registrados el logotipo del PARTIDO DE MUJERES REVOLUCIONARIAS.
Así también, el ex titular de LICONSA Héctor Pablo Ramírez Puga Leyva, quien ha utilizado en su publicidad de Redes sociales, así como propagandas impresas y volantes, en las cuales convoca a reuniones masivas bajo los colores de este instituto político.
Es por estos antecedentes que la representante de este instituto político hizo una enérgica protesta “por la indebida utilización de los Colores y principios mencionados, con el objetivo de confundir a la Ciudadanía Oaxaqueña”.
Al respecto, puntualizó que estos hechos constituyen probables faltas administrativas y/o delitos electorales, toda vez que la utilización de los colores y principios, registrados en la plataforma electoral ente este Organismo electoral, están al margen de la Ley General De Partidos Políticos así como de La Ley General de Instituciones y Procedimientos Electorales, de la misma manera de la Ley General de Procedimientos Electorales del Estado de Oaxaca y por último de la Ley General de Delitos Electorales.
Lo anterior con base a la ley General de Partidos Políticos que en su capítulo III De los derechos y Obligaciones de los Partidos Políticos en su artículo 25 párrafo primero inciso d): Obliga a los partidos Políticos y sus Precandidatos o Candidatos a Ostentar la denominación, emblema y color o colores que tenga registrado, los cuales no podrán ser iguales o semejantes a los utilizados por los partidos políticos ya existentes. Y en el inciso o) Establece que: Debe de Obtenerse en su propaganda política o electoral, de cualquier expresión que denigre a las instituciones y a los partidos políticos o que calumnie a las personas.
Por ello se entregó ante el IEEPCO un pronunciamiento por escrito y se procederá a realizar lo mismo ante el Instituto Nacional Electoral (INE), comentó la representante propietaria del Partido de Mujeres Revolucionarias.