Trabajo incansablemente para erradicar la violencia política por razón de género: Hilda Luis

No podemos permitir que el trabajo de las mujeres que participan en la vida pública sea obstaculizado.

*Intolerable que se sigan cometiendo actos que provoquen temor o intimidación a las mujeres.

San Raymundo Jalpan, Oax. 06 de marzo del 2018. De acuerdo a datos emitidos por la Secretaría de la Mujer (SDM)  y el Instituto Estatal Electoral de Participación Ciudadana de Oaxaca (IEEPCO) del 2016 a la fecha,  van 26 casos de violencia política en la entidad, situación por demás preocupante, ya que esos son los datos de quienes han denunciado, manifestó la Diputada del Distrito 13 Oaxaca Sur Hilda Pérez Luis.

Por ello presentó ante la LXIII Legislatura  del Congreso del Estado una adición al Código Penal del Estado de Oaxaca, con una connotación más extensa de lo que es la violencia política contra la mujer, misma que permite adicionar un capitulo segundo denominado “Violencia Política” al Título Vigésimo Segundo denominado “Delitos contra el derecho a una vida libre de violencia”, del Código Penal del Estado de Oaxaca.

Es importante recordar que dicho tipo de violencia política va en razón de género y menoscaba o anula el reconocimiento, goce o ejercicio de los derechos políticos-electorales o de las prerrogativas inherentes a un cargo público de una mujer; es decir, este concepto es más amplio que como se contemplaba anteriormente y por lo cual encuadraba en un delito electoral.

“No podemos permitir que el trabajo de las mujeres que hacen política sea obstaculizado, que se sigan cometiendo actos que provoquen temor o intimidación, tenemos que garantizar sus derechos para que puedan ejercer sus funciones a plenitud y en total libertad”, sentenció la diputada de Morena.

La legisladora  indicó que conforme  al Protocolo para atender casos de Violencia Política contra las Mujeres,  se establece que este tipo de violencia puede tener lugar en cualquier esfera: política, económica, social, cultural, civil, dentro de la familia o unidad doméstica o en cualquier relación interpersonal, en la comunidad, en un partido o institución política; es decir, incluye el ámbito público y el privado.

Explicó también que la violencia política puede ser perpetrada por cualquier persona o grupo de personas, incluyendo, Agentes del Estado, colegas de trabajo (por ejemplo personas superiores jerárquicas y subordinadas), partidos políticos o sus representantes, medios de comunicación y, en general cualquier persona o grupo de personas.

La también Presidenta de la Comisión Permanente de Administración de Justicia, afirmó que en medida que aumenta la incursión de las mujeres en vida pública, incrementa también el riesgo de que sean víctimas de distintas formas de violencia, “su presencia es tomada como un desafío y una invasión a los espacios de poder; es por ello que, resulta importante establecer nuevamente el tipo penal a fin de castigar a aquellas personas que violenten los derechos políticos electorales de las mujeres.

Finalmente dio a conocer que el dictamen que ya fue aprobado por las comisiones unidas de  Administración de Justicia y de Igualdad de Género, mismo que está a la espera de aprobarse ante el pleno, se determinó que quien cometa el delito de Violencia Política será castigado con cárcel e imposición de multa.

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