Por: María Antonieta Velásquez Chagoya
La libertad de expresión y de las ideas, se encuentra regulado dentro de nuestra propia Constitución como un derecho humano, pero tiene como limitante que es la responsabilidad que tenemos todas y todos de proteger y respetar los datos personales de los demás.
Existe una colisión de derechos fundamentales, que son el artículo 6 y 7 constitucional, así como con el artículo 4 de la Ley General de Transparencia y Acceso a la Información Pública, en donde se establecen las condiciones para el ejercicio del derecho de acceso a la información, así como el derecho de comunicar por cualquier medio ideas y opiniones, pero bajo la responsabilidad de proteger los datos personales.
Los responsables y encargados de manejar datos personales con casos de COVID-19, ya sea en el sector público o privado, deben de contar con estrictas medidas de seguridad administrativas, físicas y técnicas para evitar cualquier pérdida, destrucción, robo o uso indebido de los datos personales y cumplir con los principios, deberes y obligaciones establecidas en las leyes de protección de datos personales vigentes.
Entonces cuando hablamos de COVID-19 tenemos que tener claro que los responsables del tratamiento de los datos personales en este caso todos aquellos que recabemos datos, debemos de cumplir el principio de PROPORCIONALIDAD, es decir, tenemos la obligación de valorar si el uso de los datos personales es necesario, adecuado y relevante.
Dentro de una nota periodística tenemos que ser responsables de garantizar el deber de CONFIDENCIALIDAD respecto a los datos personales que ocupemos y más aún los datos personales sensibles, relacionados con el estado de salud actual o futuro de una persona en particular los datos relacionados con caso de COVID-19, pues revelarlos puede poner en riesgo el derecho a la privacidad de las personas y pueden ser motivo de discriminación.
Es recomendable no divulgar la identidad de los titulares, sospechosos o afectados por el COVID-19, así mismo evitar la obtención de datos personales que resulten innecesarios, no pertinentes o en su caso excesivos y que puedan poner en estado de indefensión a los afectados.
El tratamiento de los datos personales obtenidos con el fin de brindar información a la sociedad en ejercicio del derecho a la libertad de expresión debe ajustarse a las leyes de la materia, sin que puedan utilizarse para propósitos que puedan dar origen a discriminación o conlleve un riesgo grave para los titulares de los datos.
Recuerda que existe el derecho a la protección de tus datos personales, por lo que, en caso de existir un tratamiento inadecuado, podrán presentar una denuncia ante el Organo Garante local, es decir el Instituto de Acceso a la Información Pública y Protección de Datos Personales del Estado de Oaxaca.