Sep 7, 2021 | 0 Comentarios

Diputados aprueban en lo general y en lo particular revocación de mandato

El pleno de la Cámara de Diputados aprobó en lo general y particular, sin cambios, la minuta de la Ley Federal de Revocación de Mandato, se envió al Ejecutivo para su publicación en el Diario Oficial de la Federación. 

Luego de casi siete horas de debate, los diputados aprobaron la ley secundaria de revocación de mandato ante su eventual realización en marzo de 2020.

Pese a que su aprobación en lo general se aprobó con amplia mayoría de 491 votos, en lo particular fue de 290 votos a favor y 195 en contra, debido a que diputados de oposición emitieron su voto en contra, debido a que no se atendieron sus propuestas de modificación.

Para su discusión en lo particular, se presentaron 78 reservas a más de 30 artículos, ninguno fue aprobado.   

De acuerdo al documento, la pregunta que se imprimirá en las papeletas de la eventual consulta de revocación de mandato, que se realice en marzo de 2022 es:

    “¿Estás de acuerdo en que (nombre), presidente/a de los Estados Unidos Mexicanos, se le revoque el mandato por pérdida de confianza o que siga en la Presidencia de la República hasta que termine su periodo?”.

En tanto, será el Instituto Nacional Electoral (INE) quien tenga a su cargo la organización, desarrollo y cómputo de la votación, incluyendo los consejos y juntas ejecutivas locales y distritales.

Este ejercicio de participación directa podrá solicitarse por una sola ocasión, únicamente por ciudadanos, siempre y cuando cumplan con el tres por ciento de las firmas de las personas inscritas en la lista nominal de electores, durante los tres meses posteriores a la conclusión del tercer año del gobierno del titular del Ejecutivo en turno.

El INE será el responsable del cómputo total y de la declaratoria de resultados, con base en los resultados consignados en las actas de cómputo distritales, así como dar a conocer los resultados que deberá turnar al Tribunal Electoral del Poder Judicial de la Federación.

Para que la consulta sea vinculatoria deberá cumplirse con una participación de, al menos, el 40 por ciento de las personas inscritas en la lista nominal de electores.

Fuente: El Heraldo de México

Sobre el autor

Fuente

Fuente

Relacionadas